EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS Y EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD
Abstract
En el presente trabajo trataremos de abordar las complejidades aplicativas a las cuales se llega bajo el “control de convencionalidad”; la primera objeción que efectuaría un Estado para apartarse de dicho mecanismo jurisprudencial sería el que no existe un artículo en la CADH que de forma explícita determine su alcance; debido a ello, es que se desconoce si solo obedece a las sentencias de la Corte IDH, a la opiniones consultivas, a las medidas provisorias, o a los procedimientos de supervisión de cumplimiento; el aporte efectuado es mayormente de interpretación, la misma que se sustenta en los lineamientos hermenéuticos sobre los derechos humanos.
Ante lo mencionado, deviene en necesario el que el “control de convencionalidad” se mantenga sobre normas claras, que sea comprensible, que brinde el menor debate posible en su interpretación, que guarden consistencia en el tiempo, que no genere cambios, ya que ello provoca inseguridad jurídica. El mecanismo mencionado obedece a una nueva cultura jurisdiccional, la misma que necesita de una adecuada implementación, la cual es objeto del presente trabajo.
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